Pliegos y estrategia de licitación
¿Está el pliego hecho para otro? 7 señales que debes revisar
Una condición difícil de cumplir no demuestra que una licitación esté hecha a medida. La señal de alerta aparece cuando el requisito no parece vinculado al objeto del contrato, resulta desproporcionado o genera una barrera que no está suficientemente justificada.
Hay pliegos exigentes.
Y hay pliegos que, después de leerlos, dejan una sensación difícil de ignorar: parece que solo una empresa puede cumplirlos.
Una solvencia desproporcionada. Una certificación demasiado específica. Experiencia previa prácticamente idéntica al contrato. Una característica técnica que coincide exactamente con un producto determinado.
Pero que una condición resulte difícil de cumplir no significa necesariamente que la licitación esté «amañada».
La pregunta correcta es otra:
¿Ese requisito está vinculado al objeto del contrato, es proporcional y tiene una justificación técnica razonable?
La Ley de Contratos del Sector Público establece que las prescripciones técnicas deben permitir el acceso en condiciones de igualdad y no pueden crear obstáculos injustificados a la competencia.
Estas son siete señales que conviene revisar antes de decidir si presentarte. Si ya trabajas con un filtro previo, encajan como una capa más de tu decisión Go/No-Go.
1. Se menciona una marca o modelo sin admitir equivalentes
Una de las señales más evidentes aparece cuando el pliego exige una marca, patente, fabricante, procedencia o modelo concreto.
La LCSP permite estas referencias de forma excepcional cuando no es posible describir el objeto con suficiente precisión. Como regla general, deben ir acompañadas de la expresión «o equivalente». Es lo que regula el artículo 126 de la LCSP, dedicado a las prescripciones técnicas.
Qué debes comprobar:
- Si aparece la expresión «o equivalente».
- Si se admiten soluciones con prestaciones similares.
- Si la referencia está justificada por la compatibilidad con equipos existentes.
- Si las especificaciones reproducen prácticamente el catálogo de un fabricante.
2. La solvencia parece desproporcionada
La solvencia sirve para comprobar que una empresa tiene capacidad económica y técnica para ejecutar el contrato.
No debería utilizarse para reducir artificialmente el número de licitadores.
Puede existir una señal de alerta cuando se exige:
- Un volumen de negocio muy superior al valor del contrato.
- Experiencia acumulada excesiva.
- Un seguro de responsabilidad civil difícil de justificar.
- Medios humanos o materiales innecesarios.
- Certificados de trabajos anteriores con importes desproporcionados.
El artículo 74.2 de la LCSP establece que los requisitos mínimos de solvencia deben estar vinculados al objeto del contrato y ser proporcionales.
3. Se exige una experiencia prácticamente idéntica
Es razonable pedir experiencia en trabajos de igual o similar naturaleza.
Lo más discutible es exigir que esa experiencia coincida exactamente con todas las características del nuevo contrato.
Por ejemplo:
- Haber trabajado únicamente para una Administración concreta.
- Haber ejecutado contratos con el mismo número de usuarios.
- Acreditar experiencia exclusivamente en una provincia.
- Haber utilizado una tecnología muy determinada.
- Haber prestado el servicio en municipios de un tamaño concreto.
Qué debes comprobar:
- Si se acepta experiencia similar o solamente idéntica.
- Si se admiten clientes públicos y privados.
- Si el periodo exigido es razonable.
- Si la experiencia territorial es realmente necesaria.
- Si existen formas alternativas de acreditar la capacidad.
4. Se piden certificados muy específicos sin alternativas
Determinadas certificaciones pueden ser necesarias por razones de calidad, seguridad, medioambiente o protección de datos.
La señal aparece cuando se exige un certificado concreto sin admitir otros medios que permitan demostrar un nivel equivalente de cumplimiento.
Comprobar si el pliego contempla:
- Certificaciones equivalentes.
- Otros medios de prueba.
- Declaraciones responsables.
- Compromisos de obtención.
- Acreditaciones emitidas por entidades equivalentes.
La guía de la CNMC sobre la preparación y diseño de las licitaciones públicas recoge este tipo de exigencias entre las prácticas que pueden limitar la competencia sin necesidad.
5. Se exige presencia territorial antes de la adjudicación
Un contrato puede necesitar atención presencial, tiempos máximos de respuesta o medios próximos al lugar de ejecución.
Eso no significa necesariamente que el licitador deba disponer de una oficina abierta en ese territorio antes de resultar adjudicatario.
Debe distinguirse entre:
- Tener los medios antes de presentar la oferta.
- Comprometerse a disponer de ellos al comenzar la ejecución.
El resultado operativo puede ser el mismo, pero el impacto sobre la competencia es diferente.
6. Los criterios de valoración son vagos
Los criterios sujetos a juicio de valor no son irregulares por sí mismos.
El problema aparece cuando están redactados de manera tan abierta que los licitadores no pueden saber qué deben demostrar ni cómo se repartirán los puntos.
Qué debes comprobar:
- Qué evidencia debe aportar el licitador.
- Cuántos puntos corresponden a cada elemento.
- Si existen subcriterios.
- Si hay umbrales mínimos.
- Si la valoración puede verificarse.
- Si el criterio está vinculado al objeto del contrato.
Cómo se reparten los puntos entre fórmulas automáticas y juicio de valor, y cómo leer la fórmula del precio, lo explicamos en la guía sobre criterios de adjudicación.
7. El contrato no se divide en lotes aunque podría ejecutarse por partes
La división en lotes facilita que empresas especializadas y pymes puedan competir por una parte del contrato.
La LCSP establece que, cuando la naturaleza o el objeto lo permitan, debe contemplarse la realización independiente de sus partes. Si el contrato no se divide, la decisión debe justificarse en el expediente. Está en el artículo 99 de la LCSP.
No dividirlo puede estar justificado cuando separar las prestaciones dificulta la coordinación o pone en riesgo la ejecución.
Qué debes comprobar:
- Si las prestaciones pueden ejecutarse independientemente.
- Si requieren especialidades diferentes.
- Si existen proveedores distintos para cada parte.
- Si el expediente justifica la ausencia de lotes.
- Si la agrupación obliga innecesariamente a formar una UTE.
Una señal no es una prueba
Encontrar alguna de estas condiciones no demuestra que exista favoritismo.
Puede haber razones técnicas legítimas:
- Compatibilidad con infraestructuras existentes.
- Necesidades especiales de seguridad.
- Continuidad de un servicio crítico.
- Coordinación técnica entre prestaciones.
- Requisitos regulatorios específicos.
- Ausencia de alternativas reales en el mercado.
Por eso este artículo habla siempre de señales de alerta, no de pruebas.
El análisis debe centrarse en tres preguntas:
- ¿El requisito está vinculado al objeto del contrato?
- ¿Es proporcional a la necesidad que pretende cubrir?
- ¿Existe una alternativa menos restrictiva que produzca el mismo resultado?
Qué hacer si encuentras un requisito restrictivo
- Localiza la cláusula exacta, indicando documento, apartado y página.
- Busca su justificación en el PCAP, el PPT y la memoria justificativa.
- Formula una consulta mediante la plataforma de contratación.
- Conserva evidencias y compara el requisito con el mercado.
- Valora los plazos y las posibles vías de recurso.
- Incorpora el riesgo a tu decisión Go/No-Go, junto al resto de causas de exclusión del expediente.
Determinados pliegos pueden ser objeto de recurso especial conforme al artículo 44 de la LCSP. El plazo general que establece el artículo 50 es de 15 días hábiles.
El cómputo de ese plazo y la vía aplicable dependen del contrato concreto: deben revisarse con un profesional especializado antes de actuar.
Conclusión
Un pliego difícil no es necesariamente un pliego restrictivo.
La diferencia está en la relación entre lo que se exige y lo que realmente necesita el contrato.
Detectar estas señales no sirve para acusar al órgano de contratación. Sirve para formular mejores preguntas, identificar barreras y decidir con más información.
Porque el mayor coste no siempre es perder una licitación.
A veces es invertir días en una oportunidad en la que apenas podías competir.
Aviso legal: este contenido tiene finalidad informativa y no constituye asesoramiento jurídico. La aplicación de la LCSP y los posibles medios de impugnación deben revisarse atendiendo a las circunstancias de cada expediente.
Fuentes oficiales
- LCSP, art. 126: reglas para el establecimiento de las prescripciones técnicas
- LCSP, art. 74: exigencia de solvencia
- LCSP, art. 99: objeto del contrato y división en lotes
- LCSP, art. 44: recurso especial en materia de contratación
- LCSP, art. 50: plazo de interposición del recurso especial
- CNMC: Guía sobre la preparación y diseño de las licitaciones públicas
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Hacer mi primer análisis gratisEste contenido tiene finalidad informativa y no constituye asesoramiento jurídico. Consulte siempre el pliego aplicable y, si procede, a un profesional cualificado antes de tomar decisiones sobre una licitación.