Normativa y contratación europea

¿Se acaba el reinado del precio? 7 claves del nuevo Reglamento europeo de contratación pública

Por Nacho Ferragut, Fundador y CEO de LicitAIPublicado el 24 de septiembre de 2026 · Última revisión: 27 de septiembre de 2026 · Lectura: 12 minutos

Una balanza inclinada compara el precio con la calidad junto al rótulo «Propuesta UE 2026».
En corto

El 9 de septiembre de 2026 la Comisión Europea presentó su propuesta de Reglamento sobre contratos públicos y concesiones. Plantea sustituir las tres directivas de 2014 por un único reglamento directamente aplicable, con una ponderación mínima de la calidad del 30 % —50 % en los contratos intensivos en mano de obra—, un marco de preferencia europea y menos barreras de solvencia. Es una propuesta legislativa, no una norma vigente: el Parlamento Europeo y el Consejo aún deben negociarla.

La Comisión Europea propone cambiar las reglas de un mercado que mueve alrededor del 15 % del PIB de la Unión. Más peso para la calidad, menos barreras para las pymes, preferencia europea y un ecosistema digital común: esto es lo que puede cambiar y lo que todavía no ha cambiado.

Qué ha presentado exactamente la Comisión Europea

La propuesta COM(2026) 590 pretende reemplazar:

El cambio de instrumento jurídico no es menor. Una directiva debe incorporarse al ordenamiento de cada Estado. Un reglamento europeo, en cambio, es directamente aplicable una vez entra en vigor y comienza a aplicarse.

La Comisión justifica la reforma por varios problemas detectados en el sistema actual: complejidad, fragmentación, menor competencia, limitada participación transfronteriza, barreras para las pymes y un uso todavía insuficiente de la contratación estratégica.

No se trata, por tanto, de una simple actualización técnica. Europa quiere que la contratación pública deje de ser únicamente un procedimiento para comprar y se utilice también como una herramienta de política industrial, innovación, sostenibilidad, seguridad y resiliencia.

1. Un único reglamento para sustituir tres directivas

La primera gran novedad es la simplificación normativa. La Comisión propone reunir en un solo texto las reglas generales de los contratos públicos, los sectores especiales y las concesiones.

El objetivo es reducir diferencias nacionales, inseguridad jurídica y cargas administrativas. También se propone una arquitectura procedimental más sencilla, con dos procedimientos principales —abierto y dinámico— y un procedimiento específico de innovación.

Para una pyme que quiere licitar fuera de su mercado habitual, una mayor homogeneidad puede facilitar la entrada. Pero un texto único no elimina por sí solo la complejidad de los pliegos, los criterios o las exigencias sectoriales. La simplificación normativa tendrá que traducirse en procedimientos realmente más comprensibles.

2. La calidad podría tener un peso mínimo del 30 %

Este es probablemente el cambio que más debate va a generar.

El artículo 98.4 de la propuesta establece que los criterios de calidad deberían representar, con carácter general, al menos el 30 % de la puntuación total. En los contratos cuyo objeto sea intensivo en mano de obra, la ponderación mínima subiría al 50 %.

Para comprobar los porcentajes y las excepciones en su contexto, puedes consultar el artículo 98 en el PDF oficial de la propuesta (páginas numeradas 105–106 del documento). Es el texto presentado por la Comisión; no un reglamento ya aprobado.

El apartado 5 del mismo artículo permite apartarse de esa ponderación cuando la calidad pueda garantizarse por otra vía: las prescripciones técnicas, las condiciones de ejecución del contrato o una combinación de ambas con criterios de calidad. La Comisión lo describe como un mecanismo de «cumplir o explicar»: el comprador público puede llegar a adjudicar atendiendo solo al precio, pero debe indicar en el resumen público de la licitación cuál de esas vías justifica la excepción. Por eso no sería correcto afirmar que todas las licitaciones tendrán obligatoriamente un reparto 70/30 o 50/50 sin excepción.

Tampoco significa que la contratación española parta de cero. El artículo 145 de la Ley de Contratos del Sector Público ya establece que la adjudicación se realizará utilizando una pluralidad de criterios basada en la mejor relación calidad-precio. La diferencia es que la propuesta europea introduce unos porcentajes mínimos más explícitos.

Qué puede cambiar para una empresa licitadora

Competir bien ya no dependerá solamente de calcular la máxima baja asumible. Será necesario saber:

Una oferta técnicamente excelente puede perder si no convierte sus fortalezas en puntos. Y una oferta muy barata puede dejar de ser competitiva si no alcanza un nivel de calidad suficiente.

3. «Calidad» será un concepto mucho más estratégico

La propuesta no limita la calidad a las características técnicas tradicionales. Los criterios podrían incluir, entre otros aspectos:

Esto abre oportunidades para empresas que compiten mediante especialización, servicio, innovación o capacidad técnica. Pero también aumenta la necesidad de interpretar correctamente los criterios de adjudicación.

No basta con afirmar que una solución es sostenible, segura o innovadora. Para obtener puntuación habrá que identificar qué pide exactamente el pliego, cómo se mide y qué evidencia lo demuestra.

4. La preferencia europea entra en la contratación pública

La propuesta crea un marco horizontal para aplicar medidas de preferencia europea respetando los compromisos internacionales de la Unión.

Entre las posibilidades contempladas se encuentran:

Esto no significa que cualquier Administración vaya a poder elegir libremente a una empresa local por el mero hecho de serlo. Las medidas deberán estar previstas, justificadas y aplicarse dentro del marco europeo y de los acuerdos internacionales.

Para las empresas, el origen de los productos, la cadena de suministro, la dependencia de terceros países y la capacidad de asegurar la continuidad del servicio pueden convertirse en información cada vez más relevante.

5. Menos barreras de entrada para las pymes

La reforma reconoce que las pymes siguen teniendo dificultades para acceder a la contratación pública. Por ello propone varias medidas con potencial práctico:

Estas medidas pueden abrir procedimientos a empresas que actualmente quedan fuera por requisitos de solvencia desproporcionados o por contratos de un tamaño difícilmente asumible.

Sin embargo, poder presentarse no equivale a tener posibilidades reales de ganar. Antes de invertir tiempo en una oferta, la empresa tendrá que comprobar solvencia, requisitos, criterios, riesgos, margen y capacidad de ejecución.

6. Un ecosistema digital europeo y el principio de «una sola vez»

La Comisión también propone conectar las plataformas de contratación mediante estándares comunes y servicios interoperables.

La idea es que una empresa no tenga que aportar repetidamente la misma información en cada procedimiento. El sistema incluiría perfiles empresariales y credenciales digitales para acreditar la aptitud, además de espacios nacionales y europeos de datos de contratación pública.

Para las empresas, esto podría traducirse en:

El verdadero avance no será simplemente digitalizar más documentos. Será convertir la información pública en datos que ayuden a detectar oportunidades y tomar mejores decisiones.

7. Todavía no está aprobado ni tiene una fecha definitiva

Esta es la clave que no debería desaparecer detrás de los titulares.

La Comisión ha presentado una propuesta. Ahora debe tramitarse mediante el procedimiento legislativo europeo y ser negociada por el Parlamento Europeo y el Consejo. Durante ese proceso pueden modificarse los porcentajes, las excepciones, los mecanismos de preferencia y otras disposiciones.

El propio proyecto prevé que el reglamento comience a aplicarse dos años después de su entrada en vigor. Como todavía no ha sido aprobado ni publicado como norma definitiva, no existe una fecha cierta de aplicación.

Por tanto:

Ejemplo práctico: cuando bajar el precio ya no es suficiente

Un contrato de mantenimiento con 100 puntos

En un escenario muy orientado al precio, una empresa podría concentrar casi toda su estrategia en calcular la baja. Si la calidad debe alcanzar al menos el 30 % —o el 50 % por tratarse de una prestación intensiva en mano de obra—, la decisión cambia.

La empresa debería analizar, antes de presentarse:

  1. Cuántos puntos puede obtener por organización del servicio.
  2. Qué experiencia del equipo puede valorarse sin confundirse con la solvencia.
  3. Qué tiempos de respuesta puede comprometer y cumplir.
  4. Qué medidas sociales, ambientales o de formación son puntuables.
  5. Qué evidencias deberá presentar.
  6. Qué coste real tienen esos compromisos.
  7. Qué precio conserva un margen razonable.

Puede ocurrir que una empresa con un precio ligeramente superior tenga una probabilidad mayor de adjudicación porque dispone de una propuesta técnica claramente diferenciada y acreditable.

Pero también puede suceder lo contrario: que una empresa invierta días en preparar una gran memoria y descubra demasiado tarde que los criterios que mejor domina apenas puntúan.

La pregunta correcta no es solo «¿podemos presentarnos?». Es «¿podemos ganar esta licitación sin asumir un riesgo excesivo?».

Qué debería hacer ahora una pyme que licita

No es necesario esperar a que termine la tramitación europea para prepararse. Estas cinco acciones ya tienen sentido con la normativa actual.

1. Crear una biblioteca de evidencias

Certificados, referencias, indicadores de calidad, tiempos de respuesta, políticas ambientales, formación del equipo, medidas sociales, continuidad de suministro y resultados obtenidos.

2. Traducir las fortalezas en criterios puntuables

«Tenemos mucha experiencia» no es una estrategia. La empresa debe saber qué fortaleza está vinculada al contrato, cómo se mide y qué prueba la respalda.

3. Analizar la puntuación antes de escribir la oferta

Conviene estimar los puntos alcanzables por criterio, identificar los que exigen inversión adicional y calcular si la diferencia técnica compensa la posición económica.

4. Reforzar la trazabilidad de proveedores y suministros

El origen, la seguridad de suministro, la interoperabilidad y la dependencia tecnológica pueden ganar importancia, especialmente en sectores estratégicos.

5. Profesionalizar el Go/No-Go

Cuando aumenta el peso de la calidad, también aumenta el coste de preparar una oferta. Presentarse a todo puede ser todavía menos rentable. La selección de oportunidades será una ventaja competitiva.

Cómo puede ayudar LicitAI

LicitAI ayuda a las empresas a pasar de «hemos encontrado una licitación» a «sabemos si merece la pena competir».

Al analizar los pliegos, permite localizar y ordenar:

En un modelo de contratación donde la calidad, la resiliencia y la innovación pueden adquirir más peso, la ventaja no estará en leer más rápido, sino en decidir con mejores evidencias.

Preguntas frecuentes

¿Está aprobado el nuevo Reglamento europeo de contratación pública?

No. La Comisión Europea presentó la propuesta COM(2026) 590 el 9 de septiembre de 2026. Debe ser negociada y aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo.

¿El precio dejará de utilizarse como criterio de adjudicación?

No. La propuesta mantiene la comparación entre precio y calidad. Su objetivo es reducir la dependencia de adjudicaciones basadas casi exclusivamente en el precio.

¿Será obligatorio que la calidad represente al menos el 30 %?

El texto propuesto establece un mínimo general del 30 % y del 50 % para contratos intensivos en mano de obra, pero contempla excepciones. Estas cifras pueden cambiar durante la tramitación y no son actualmente obligatorias.

¿Qué se considera un contrato intensivo en mano de obra?

La aplicación dependerá de la naturaleza del objeto contractual y de cómo quede redactado el texto definitivo. Los servicios en los que el coste y la organización del personal tienen un peso especialmente relevante serán los principales candidatos.

¿Las empresas europeas ganarán automáticamente frente a las extranjeras?

No. La propuesta establece instrumentos de preferencia europea, pero deberán aplicarse respetando las reglas previstas y los compromisos internacionales de la Unión. No supone una adjudicación automática por nacionalidad.

¿Cuándo comenzaría a aplicarse?

La propuesta prevé su aplicación dos años después de la entrada en vigor. Como todavía no ha sido aprobada, no existe una fecha definitiva.

¿Qué ocurrirá con la Ley de Contratos del Sector Público española?

Si el reglamento se aprueba, será directamente aplicable y España tendrá que adaptar o revisar las disposiciones nacionales que entren en conflicto o necesiten coordinación. Hasta entonces, continúa aplicándose la LCSP vigente.

Conclusión

La propuesta europea apunta hacia una contratación pública más estratégica, digital y orientada a la mejor relación entre precio y calidad.

Para las pymes puede significar menos barreras de entrada y más posibilidades de competir mediante especialización, innovación y servicio. Pero también exigirá interpretar mejor los criterios, acreditar cada ventaja y medir con más rigor el coste de participar.

El precio no va a desaparecer. Lo que puede terminar es su capacidad para decidir, casi por sí solo, quién gana.

Y cuando ganar depende de más factores, la decisión más importante se toma antes de empezar a escribir la oferta.

Fuentes oficiales

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Este contenido tiene finalidad informativa y no constituye asesoramiento jurídico. Consulte siempre el pliego aplicable y, si procede, a un profesional cualificado antes de tomar decisiones sobre una licitación.